El nuevo régimen estará vigente hasta el 30 de octubre y está dirigido a micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro. Permitirá cancelar obligaciones vencidas hasta el 30 de junio, aunque sin quita de intereses ni multas.
15 de julio de 2026
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha un nuevo régimen especial de facilidades de pago destinado a que contribuyentes regularicen deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social. La medida, publicada en el Boletín Oficial, permitirá adherir al plan hasta el 30 de octubre.
La iniciativa apunta principalmente a micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, en un contexto marcado por la caída de la recaudación tributaria y las dificultades financieras que atraviesan muchos sectores de la economía.
El plan contempla la posibilidad de incluir obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2026, junto con sus intereses y sanciones. Sin embargo, ARCA aclaró que la adhesión no implica la condonación de intereses ni la liberación de multas.
Cómo será el plan
Para las micro y pequeñas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, el régimen prevé hasta 18 cuotas, con un anticipo equivalente al 5% de la deuda consolidada y una tasa de financiación mensual del 2,75%.
En tanto, las medianas empresas, tanto del tramo I como del tramo II, podrán acceder a un máximo de 15 cuotas, aunque deberán realizar un pago a cuenta del 10%.
Las deudas por retenciones y percepciones impositivas también podrán incorporarse al plan, aunque con condiciones más restrictivas: hasta nueve cuotas para los contribuyentes de menor tamaño y siete cuotas para las medianas empresas.
Quiénes pueden adherir
Entre los pequeños contribuyentes alcanzados por el régimen se incluyen monotributistas y otros contribuyentes que no superen el nivel de ingresos equivalente a la categoría K del Monotributo, además de las micro y pequeñas empresas registradas como MiPyMEs y las entidades sin fines de lucro.
El plan comprende deudas por impuestos nacionales, recursos de la seguridad social, obligaciones aduaneras, retenciones y percepciones.
En cambio, quedaron excluidos conceptos como los anticipos y pagos a cuenta, aportes a obras sociales, cuotas de ART, aportes al régimen de casas particulares y las obligaciones incluidas en otros planes de facilidades de pago vigentes.
Opiniones de especialistas
Tributaristas señalaron que la medida representa una herramienta para que empresas y pequeños contribuyentes puedan ordenar su situación fiscal y evitar juicios de ejecución o embargos.
No obstante, advirtieron que algunas condiciones podrían limitar su alcance. Entre los principales cuestionamientos figuran el anticipo exigido para ingresar al plan, la cantidad de cuotas disponible y la tasa de financiación del 2,75% mensual, que, en un escenario de desaceleración de la inflación, implica un costo financiero superior al aumento esperado de los precios.
Pese a esas observaciones, el nuevo régimen ofrece una alternativa para regularizar deudas acumuladas y ponerse al día con el fisco antes del vencimiento del plazo de adhesión, previsto para fines de octubre.
Dónde consultar y cómo adherir
Los interesados en acceder al nuevo plan de facilidades de pago pueden realizar la gestión de manera online a través del servicio "Mis Facilidades" de ARCA, ingresando con CUIT y Clave Fiscal. Desde esa plataforma es posible consultar las deudas alcanzadas por el régimen, simular el plan de pagos y completar la adhesión.
Más información:
El plazo para adherir al nuevo régimen vence el 30 de octubre.
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