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Polémica por la jueza que impide la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires

Polémica por la jueza que impide la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires
Marta Elba Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora.

La jueza Marta Elba Pascual suspendió a comienzos de esta semana por 60 días, la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires y abrió una nueva disputa judicial y política. Tras la medida, la magistrada explicó los motivos de su decisión y recibió denuncias y pedidos de juicio político.

El lunes 7 de septiembre, Marta Elba Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, hizo lugar a un hábeas corpus preventivo colectivo y suspendió durante 60 días la aplicación de la Ley 27.801 en territorio bonaerense.

El planteo había sido presentado el 31 de agosto por Gabriela Salicio, representante de una de las organizaciones que integran la Federación de Familia Grande Hogar de Cristo, en favor de los adolescentes privados de libertad en la provincia. Al hábeas corpus adhirieron además 14 defensores departamentales bonaerenses.

La magistrada fundamentó la medida en las condiciones actuales del sistema de alojamiento para adolescentes. Según explicó, existen problemas de infraestructura, habitabilidad y recursos que podrían agravarse si aumenta la cantidad de jóvenes alcanzados por el nuevo régimen.

La nueva Ley 27.801 había sido publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo (había sido sancionada en febrero) y estableció en su artículo 52 que comenzaría a regir 180 días después. Ese período permitiría avanzar en la reglamentación y en las adecuaciones necesarias para su implementación.

A su vez, el artículo 49 invitó a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a adecuar sus legislaciones procesales y normas administrativas al nuevo régimen. El 7 de septiembre pasado, el Ejecutivo nacional reglamentó la norma, lo que contemplaba entre otras cosas, mecanismos de coordinación entre la Nación y las jurisdicciones provinciales.

Pascual defendió públicamente su decisión y aclaró que su planteo no apunta específicamente contra la reducción de la edad de imputabilidad, sino contra las condiciones en las que la reforma comenzaría a aplicarse.

La jueza sostuvo que el sistema debe contar con establecimientos adecuados, educación, capacitación laboral y recursos suficientes para garantizar tanto los derechos de los adolescentes como su posterior reinserción.

La resolución generó una fuerte reacción política. La Libertad Avanza anunció que impulsará un pedido de juicio político contra la magistrada, mientras que la Asociación Civil Usina de Justicia presentó una denuncia penal por presunto abuso de autoridad y usurpación de funciones.

Qué pasa ahora

La suspensión tiene un plazo de 60 días. Además, Pascual convocó para el 16 de septiembre a autoridades bonaerenses de las áreas de Seguridad, Justicia y Derechos Humanos y Niñez y Adolescencia para que informen qué medidas adoptaron y cuáles prevén implementar.

La audiencia será uno de los próximos puntos clave para determinar cómo continúa la aplicación del nuevo régimen en la provincia y si las autoridades bonaerenses pueden acreditar que cuentan con las condiciones necesarias para implementarlo.

Alcance del fallo

La decisión de Marta Pascual no suspende la vigencia de la Ley 27.801 en todo el país. La medida cautelar fue dictada dentro de una causa tramitada en la Justicia bonaerense y alcanza a la aplicación del régimen en la provincia de Buenos Aires. En el resto de las jurisdicciones, la ley continúa vigente.

El alcance de la resolución abrió, sin embargo, un debate jurídico sobre hasta dónde puede llegar un juez provincial al suspender la aplicación de una ley penal sancionada por el Congreso Nacional. El fiscal de Responsabilidad Penal Juvenil de San Isidro, Andrés Zárate, sostuvo que la norma continúa plenamente vigente y que su decisión es aplicarla en su jurisdicción. Según explicó, las disposiciones penales de la ley tienen alcance nacional y una jueza provincial no puede dejar sin efecto una norma nacional de manera general.

El punto podría terminar siendo revisado por instancias judiciales superiores. Por ahora, la situación genera una particularidad dentro del país: mientras la Ley 27.801 continúa aplicándose en las demás provincias, en Buenos Aires quedó suspendida preventivamente por 60 días a partir de la resolución de Pascual.