El máximo tribunal rechazó el recurso del exgobernador y confirmó la sentencia por peculado y negociaciones incompatibles con la función pública. No quedan instancias de apelación. La Fiscalía ya pidió su detención y la de sus co-condenados.
3 de septiembre de 2026
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme este miércoles la condena a ocho años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, contra el exgobernador de Entre Ríos Sergio Urribarri. El fallo lleva la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, que declararon inadmisible el recurso extraordinario presentado por la defensa.
La misma suerte corrieron los planteos de los demás condenados en la causa. Con esta decisión se cierra definitivamente el derrotero judicial: ya no hay instancias de revisión ni excusas procesales pendientes.
Pasos siguientes
El expediente vuelve al Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, que debe disponer la ejecución de la pena. Según medios nacionales, la Fiscalía pedirá hoy mismo la detención de Urribarri, de su exministro de Cultura y Comunicación Pedro Báez y de su cuñado Juan Pablo Aguilera, ambos condenados a seis años.
Urribarri, que fijó domicilio en Concordia, ya había estado detenido 50 días. Fue preso en noviembre de 2024 por orden de Casación para evitar riesgo de fuga, y liberado en enero de 2025 por la Sala de Feria del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos.
Los hechos por los que fue condenado
La investigación fue impulsada por la fiscal anticorrupción Cecilia Goyeneche -quien fue destituida por un jury y luego repuesta por la propia Corte Suprema- y no es una sola maniobra, sino cinco expedientes que se unificaron en el denominado "Megajuicio". Todos derivaron en la condena por negociación incompatible con la función pública y peculado:
1. Global Means: el otorgamiento de pauta publicitaria del Estado provincial a la empresa Global Means, del empresario Germán Buffa, antes de que esa firma tuviera existencia legal efectiva.
2. La causa de la vaca / de las imprentas: cómo dos empresas, Tep SRL y Next SRL, atribuidas a Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri, se quedaron durante cinco años consecutivos con todo el negocio de la cartelería oficial en vía pública, mediante un esquema de testaferros y cartelización.
3. El Sueño Entrerriano - solicitada: el financiamiento con fondos públicos de una solicitada en medios nacionales contra los fondos buitre, presentada como defensa de los intereses entrerrianos, pero con fines de posicionamiento político personal de Urribarri.
4. El parador de Mar del Plata: la instalación y montaje de un parador playero en Mar del Plata en enero de 2015, en plena campaña presidencial de Urribarri, por $14 millones de la época, pagado con recursos del Estado entrerriano.
5. Los spots de la Cumbre del Mercosur: el pago a la productora Nelly Entertainment por tres spots de campaña disfrazados de difusión institucional de la Cumbre del Mercosur realizada en Paraná en diciembre de 2014, que en realidad promocionaban su precandidatura a Presidente.
El 7 de abril de 2022 el Tribunal de Paraná lo condenó. Casación Entre Ríos confirmó en 2023 y el STJ rechazó los recursos. Ahora la Corte nacional le puso punto final.
Un fallo con impacto institucional y político
Más allá del nombre propio, se trata de la primera condena firme de la Corte Suprema contra un exgobernador de Entre Ríos por delitos contra la administración pública. Desde el punto de vista institucional, el mensaje es contundente: hubo proceso, doble conforme provincial, intervención del STJ y revisión final de la Corte.
No se trata de una denuncia ni de una causa en trámite, sino de una sentencia firme por administración fraudulenta de fondos públicos. La resolución también revaloriza el rol del Ministerio Público Fiscal entrerriano y deja un precedente sobre el control de la pauta oficial y las contrataciones direccionadas.
Con la discusión penal cerrada por la Justicia, se abre la discusión política. Urribarri no gobernó en soledad entre 2007 y 2015: fue jefe político de un espacio que luego continuó en el poder. No se trata de responsabilidades penales, que son personales, sino de la obligación de quienes formaron parte, acompañaron, continuaron o pretenden heredar aquel proyecto -desde Bordet y Bahl hasta Lauritto, Stratta o Michel- de rendir cuentas a la sociedad entrerriana, y si fuera el caso, realizar una autocrítica, y por qué no, un pedido de disculpas.
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