Política provincial 2

La Caja de Jubilaciones fijó el 20 de octubre como límite para jubilarse con la ley anterior

La Caja de Jubilaciones fijó el 20 de octubre como límite para jubilarse con la ley anterior
Gastón Bagnat, Pte. de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.

La Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos fijó la fecha límite para los afiliados que ya cuentan con una resolución definitiva de jubilación, pero continúan trabajando. Quienes establezcan el cese dentro de ese plazo conservarán para el cálculo del haber inicial el encuadre previsto en la resolución que otorgó el beneficio.

La medida surge de la Resolución Nº 004708/26, firmada por el presidente de la Caja, Gastón Bagnat, y publicada en el Boletín Oficial. La disposición reglamenta la aplicación del artículo 45, segundo párrafo, de la reforma de la Ley Nº 8732 y establece un criterio general para los trabajadores que ya tenían su jubilación concedida cuando entró en vigencia la nueva normativa.

El plazo alcanza a quienes tenían una resolución definitiva de otorgamiento antes de la entrada en vigencia de la reforma. Para estos casos, la nueva legislación establece que el haber inicial podrá liquidarse según el encuadre normativo de esa resolución, siempre que el cese se produzca dentro de los 60 días corridos posteriores a la entrada en vigencia de la ley.

La Caja precisó que ese período vence el 20 de octubre de 2026. Por lo tanto, quienes se encuentren en esa situación deberán establecer su fecha de cese dentro de ese plazo si pretenden que su prestación se liquide bajo las condiciones contempladas en el acto administrativo que les concedió el beneficio.

Qué pasa después del 20 de octubre

Si el afiliado no fija una fecha de cese antes del vencimiento del plazo o decide finalizar su actividad después del 20 de octubre, el haber inicial deberá adecuarse a las disposiciones de la nueva legislación previsional, según lo establecido en el artículo 45 de la Ley Nº 11.302.

En esos casos, la Caja podrá modificar el acto administrativo mediante el cual había otorgado el beneficio para adecuarlo al nuevo marco previsional. La resolución también será comunicada a organismos y áreas de Recursos Humanos municipales, provinciales y nacionales para que conozcan el plazo que alcanza a los trabajadores comprendidos.

La disposición busca unificar el criterio de aplicación para este grupo de afiliados y definir qué tratamiento corresponde a quienes ya tenían su jubilación otorgada, pero todavía permanecían en actividad al momento de la reforma.